TESTIMONIO: El Honorable Concejo Deliberante, en uso de sus atribuciones, sanciona la si- guiente O R D E N A N Z A Nº 52 ------------------------------ ARTICULO 1º.- Hasta tanto se sancione el Código de la Edificación, rígense por la pre- ------------------ sente Ordenanza la instalación, habilitación y funcionamiento de los hor- nos, calderas, hogares y chimeneas, cocinas, generadores a vapor y demás implementos que arrojen humos, gases u hollín al espacio público.------------------------------------- ARTICULO 2º.- La instalación de los elementos indicados en el artículo anterior y sus si- ------------------ milares, deberá ser previamente aprobada por la Oficina de Obras Particulares de la Comuna y su instalación sin permiso hará pasible la demolición o retiro de los mismos.--------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 3º.- La habilitación de los elementos señalados en el artículo 1º requerirán la ------------------ previa presentación de planos y memorias descriptivas, mediante la cual se especifica que la existencia de aparatos fumívoros que impidan la salida al espacio público del hollín, humos densos, gases y demás, nocivos para la salud de la población.--- ARTICULO 4º.- La Secretaría de Obras y Servicios Públicos y la Dirección de Abaste- ------------------ cimiento y Policía Municipal, efectuarán los estudios pertinentes desti- nados a determinar el grado de contaminación del aire y la nocividad de los elementos lanzados al mismo. Se aplicará la escala de Ringuelment para determinar el incremento y existencia de elementos en el aire y de acuerdo al grado de contaminación, se fijarán már- genes máximos que no deberán ser sobrepasados por los elementos que arrojen humos, hollines o gases al espacio aéreo. Constatada la infracción, no se permitirá el uso del im- plemento, hasta que los aparatos fumívoros instalados sean capaces de controla r y ajus- tar el lanzamiento al aire de organismos extraños, hasta el límite de lo permitido.---------- ARTICULO 5º.- El mismo sistema indicado en el artículo anterior se aplicará a los vehí- ------------------ culos o implementos móviles que se desplacen dentro del Ejido Urba- no y que lancen al espacio público monóxido de carbono u otros gases, humos y hollines nocivos.--------------------------------------------------------------------------------- ARTICULO 6º.- El Departamento Ejecutivo reglamentará las características de las chi- ------------------ meneas, calderas, hornos o demás implementos que produzcan ema- naciones, adoptando modelos universales que satisfagan los requerimientos que hacen al espíritu de esta norma y también las características de los aparatos fumívoros que se apli- quen para el control de las emanaciones.------------------------------------------------ ARTICULO 7º.- Las violaciones a las normas de la presente Ordenanza serán sanciona- ------------------ das con multas de hasta PESOS QUINIENTOS ($ 500.=), clausuras provisorias o definitivas de locales, fábricas o depósitos, clausura de los aparatos pro- ductores de emanaciones y arresto de los responsbles hasta treinta (30) días.------------ ARTICULO 8º.- Comuníquese al Departamento Ejecutivo a sus efectos.--------------- ------------------ Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, a nueve días del mes de noviembre del año mil novecientos setenta y tres. FIRMADO: Luis C. Buonassisi - Presidente; María Elena Paganini - Secretaria.------------------------------------------